Las excepciones a la obligación de obtener consentimiento para hacer uso de las capacidades de tratamiento y almacenamiento de equipos terminales o acceder a la información almacenada en ellos deberían limitarse a situaciones que no entrañen intromisión alguna, o una intromisión muy limitada, en la vida privada. Por ejemplo, no ha de solicitarse consentimiento para autorizar el acceso o almacenamiento técnico que sean estrictamente necesarios y proporcionados al fin legítimo de permitir el uso de un servicio específico expresamente solicitado por el usuario final. Ello puede incluir el almacenamiento de cookies mientras dure una sesión única determinada en un sitio web, a fin de conservar las entradas del usuario final cuando este rellena formularios en línea de varias páginas. Las cookies pueden ser también un instrumento legítimo y útil, por ejemplo a la hora de medir el tráfico en un sitio web. No debe considerase acceso a un dispositivo o utilización de sus capacidades de tratamiento la comprobación de la configuración por parte de un proveedor de la sociedad de la información para prestar el servicio de acuerdo con los parámetros del usuario final ni el mero registro por el proveedor del hecho de que el dispositivo del usuario final no puede recibir el contenido que ha solicitado.